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Instigando la criminalidad desde la justicia

El ex presidente de San Lorenzo de Almagro, Fernando Miele, fue absuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal Número 25, en el juicio oral en el que se lo acusó del delito de «defraudación por administración fraudulenta».

Lo primero que se nos ocurre a propósito de esto, parafraseando al mejor abogado de la historia, Marcus Tullius Cicero, es que “el gran instigador de la criminalidad es la esperanza de delinquir con impunidad”. Ese dogma fue dicho mas o menos en el año 70 antes de Cristo. Empero, en Argentina de 2010 parece que todavía no lo entendimos.

A Miele se lo acusaba, entre otras cosas, de entregar comisiones de hasta un cuarenta por ciento (40%) por ventas de jugadores, de la destrucción de contratos que probaban derechos a favor de San Lorenzo y de la sustracción de la recaudación de la semifinal y la final de la Copa Mercosur 2001.

Quienes esto escribimos somos hinchas de San Lorenzo de Almagro. En los ochentas y noventas no éramos partidarios de Miele, porque no nos convencía su “roba pero hace”. En los dos mil, tampoco somos partidarios de Guil o Savino, porque tampoco nos convence su “roba pero no hace”. Mas aún. Los nuevos vientos de cambio que se aseguran vendrán en nuestro amado club, por lo menos desde lo nominal, auguran mas de lo mismo. Abdo, Moretti, Arreceygor, Monner Sanz, etc., son en el mejor de los casos, distintos nombres pero misma prospectiva de conducta de los últimos treinta años.

Lo mas que mas encoleriza de la absolución de Miele es que la justicia argentina ignora, desde el derecho, lo que pasa en la realidad. Es paradójico, pero cualquier ciudadano común medianamente interiorizado de la vida institucional de San Lorenzo sabe que Fernando Miele sustrajo la recaudación de esos dos partidos de la copa Mercosur. Sin embargo, se necesitan cinco años de cursada de derecho (y el nombramiento para el cargo de juez) para poder ignorar jurídicamente lo que el sentido común indica.

Enfurece al ciudadano común, también, la incapacidad manifiesta de la justicia argentina para probar hechos evidentes. Otros países con fiscalías mas o menos serias han podido llevar a juicio y probar, maniobras financieras complejísimas de defraudación. Y obtuvieron condenas en los casos “World.com”, “Enron”, “Parmalat”, etc.. Ahora mismo se planea enjuiciar a gobernantes de Grecia y Portugal porque, con creatividad contable, han logrado disimular los groseros déficits públicos que amenazan a la eurozona con una gigantesca cesación de pagos. Sin embargo, el ministerio público argentino no pudo probar que un presidente de uno de los clubes mas importantes de fútbol del país, sustrajo una recaudación o rompió las hojas de contratos que contenían derechos a favor de la Institución. Imaginemos que esos fiscales fueran empleados de alguna empresa nuestra (en rigor técnico, son mandatarios de todo el pueblo): los echaríamos por manifiesta incompetencia sin dudarlo un solo minuto.

En suma, otra enlutada conducta de la justicia argentina. Vale recordar lo que dijo alguna vez Thomas Jefferson, quien fuera el tercer presidente de la historia de Estados Unidos y uno de los autores de la “Declaration of Independence”: “No nation is permitted to live in ignorance with impunity”. En Argentina está permitido. Porque la única idea verdaderamente poderosa que se transmite fácilmente a las masas sin delicadeza es la impunidad.

A voluntad (?)

Existen reglas sociales implícitas para cierto tipo de oficios. Cuando uno toma un taxi, o va al peluquero, o concurre a un local gastronómico, o bien toma los servicios de una meretriz (?), se presume que pagará al finalizar los servicios. Para evitar una eventual insolvencia, un amigo nos contó (?) que las meretrices, ahora cobran por adelantado. Igual que los buenos abogados.

La cuestión a que nos abocamos ahora es a aquella por la cual, alguien adopta una actitud que da a entender, fraudulentamente, que todo se halla en orden y, aparentando que se cumplirán las condiciones socialmente pactadas, llega a destino en el taxi, o se corta el pelo, o termina de comer. De seguido, no paga. Y ese final fue premeditado antes de toda la maniobra urdida.

La pregunta que se impone es: ¿Qué delito cometió nuestro autor de pelo corto y panza llena? (?) Creemos que quien, disimulando su propio estado de insolvencia, contrae una obligación con el propósito de no cumplirla, comete el delito de petardismo o gorronería. Este último término viene de «gorrón» (a su vez, derivado de «vivir a la gorra»), cuya significación en nuestro idioma está emparentada con quien tiene por hábito comer, vivir, regalarse o divertirse a costa ajena. Empero, nuestro Código Penal no contiene una figura específica para este tipo de delito gorrón.

Ello dio lugar a opiniones encontradas. Algunos dijeron que a falta de figura específica, la conducta desplegada no era delito penal. Otros, con mejor criterio, la encuadraron dentro de la figura de estafa del art. 172 del Código Penal. La cuestión terminó zanjada por un fallo plenario de la Cámara del Crimen de la Capital Federal. La doctrina legal del mismo dispone que “El petardismo o gorronería -acción de quien pide y consume alimentos o bebidas en una casa de comidas sabiendo que no pagará el precio o con la intención de no pagarlo- constituye el delito de estafa previsto por el art. 172 del Código Penal” (CNCRIM., en pleno -por mayoría-Plenario Nº 183, FRANCO, Roberto C.Rto: 3/9/93).

Por eso, ya sabe. Si alguna vez la vida lo sorprende sin plata, recuerde dejar rastros en orden a que contrajo la obligación con el propósito de cumplirla (?). Porque la prisión por deudas está fuera del sistema normativo argentino.