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Fondo Federal Solidario pero inconstitucional (?)

cristinasasscfk

Había una vez una presidenta argentina que se jactaba de no haber firmado ni un solo decreto de necesidad y urgencia. Los socialdemócratas de turno (?), vivaban aquella jactancia, desde los diarios y blogs afines ideológicamente al gobierno. Ella, a su vez, pensaba que era una gran mujer de derecho por así obrar, pese a no haber pisado un tribunal judicial como abogada en toda su vida.

Con fecha Marzo 19 de 2009, la jactante de marras dictó el decreto de necesidad y urgencia número 206/2009 sobre creación de un fondo federal solidario (?). ¿Que regula el decreto? La distribución de los derechos de exportación cobrados a principalmente a la oleaginosa de moda en el mundo.

En los considerandos del decreto de necesidad y urgencia -tipo de decreto creado para permitir legislar en casos de apremio- se lee que esta disposición fue dictada en los términos del inciso 3 del artículo 99 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, que regula los decretos de necesidad y urgencia, y dentro del marco regulatorio de la Ley Nº 26.122 que reglamenta la citada disposición constitucional.

Empero, lo que olvidó la otrora exitosa abogada es que el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional, prohibe dictar los decretos de necesidad y urgencia (DNU) en materia tributaria. Y resulta ser que los derechos de exportación son tributos. Otra vez en Argentina tenemos una democracia puramente nominal o desmedrada.

Por último, queremos leer con ansias a esos periodistas y blogs rastreros diciendo que las retenciones no son tributos, sino aranceles. Argumento por demás risible y de nula fuerza suasoria.

Historia del Peloponeso & de la Argentina (Por Tucídides & Periodic Words)

Al narrar la historia del Peloponeso, Tucidides pone en boca de Pericles la oración a los muertos en esa guerra con estas palabras: «Nuestro régimen político es la democracia, y se llama así porque busca la utilidad del mayor número y no la ventaja de algunos. Todos somos iguales ante la ley y cuando la república otorga honores lo hace para recompensar virtudes y no para consagrar el privilegio. Todos somos llamados a exponer nuestras opiniones sobre los asuntos públicos. Nuestra ciudad se halla abierta a todos los hombres; ninguna ley prohibe en ella la entrada a los extranjeros, ni les priva de nuestras instituciones ni de nuestros espectáculos; nada hay en Atenas oculto y se permite a todos que vean y aprendan en ella lo que bien les pareciere, sin esconderle ni aquellas cosas cuyo conocimiento pueden aprovechar nuestros enemigos, porque confiamos para vencer no en preparativos misteriosos, ni en ardides y estratagemas, sino en nuestro valor y en nuestra inteligencia».

«Tenemos el gusto por lo bello y cultivamos la filosofía, sin que eso debilite nuestro carácter. Si poseemos riquezas no es para guardarlas ociosas ni para envanecernos de su posesión, sino para emplearlas productivamente. Para nadie es vergonzoso entre nosotros confesar que es pobre; lo que sí es vergonzoso es no tratar de salir de la pobreza por medio del trabajo. Todos los ciudadanos, incluso los que se dedican a los trabajos manuales, toman parte en la vida pública y si hay alguno que se desinteresa de ella se le considera como hombre inútil e indigno de toda consideración. Examinamos detenidamente los negocios públicos porque no creemos que el razonamiento perjudique a la acción; lo que sí creemos perjudicial para la patria es no instruirnos previamente por el estudio de lo que debemos ejecutar.

«Esto hace que tengamos al mismo tiempo inteligencia para razonar los actos que debemos ejecutar y audacia para ejecutarlos, diferenciándonos así de los demás pueblos en que la ignorancia los vuelve audaces y la razón inactivos».

Como se puede apreciar, en Argentina de estos días ni siquiera observamos las conductas de Atenas de hace sendos milenios. Logramos lo difícil, retroceder a una especie de organización tribal argentina (?)